Rama Judicial
Datos Generales
El Poder Judicial de Puerto Rico emana del Artículo V de la Constitución del Estado Libre Asociado, y de la Ley de la Judicatura (Ley número II de 24 de julio de 1952, según enmendada), la cual se aprobó para implantar las disposiciones constitucionales. Los jueces de estos Tribunales son designados por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado de Puerto Rico, y su administración corresponde al Juez Presidente del Tribunal Supremo. Este está asistido por un Director Administrativo de los Tribunales, nombrado al efecto por el Juez Presidente.
La Rama Judicial está compuesta por el Tribunal Supremo, Tribunal de Apelaciones, Tribunales de Primera Instancia y la Oficina de Administración de los Tribunales. El Tribunal Supremo es nuestro más alto foro judicial presidido por el Hon. Federico Hernández Denton, quien designa una administrador o administradora para dirigir la Oficina de Administración de los Tribunales. Esta oficina es el brazo administrativo de la Rama Judicial.