Funciones Principales

  •  Admisión al Programa de Vivienda Pública
  •  Administración de la Lista de Espera
    – 24 CFR § 5.400, 5.600, 960.201- 960.208
    •  Entrar solicitudes elegibles a la Lista de Espera
    •  Abrir y cerrar las Listas de Espera
    •  Entrar información esencial del solicitante
    •  Administrar las preferencias
    •  Actualizar las Listas de Espera
    •  Remover candidatos de la Lista de Espera

 

  •  Cualificación para Admisión
    •  Verificación de información provista por el solicitante o residente
    •  Procesar la información de dicha verificación.
    •  Pre-selección o Rechazo de la Solicitud (Inelegibilidad)
      – Vistas Informales para Casos Inelegibles
    •  Cumplimiento con las guías de Ocupación (tamaño de la unidad, composición familiar, ingresos, otros)
       

 
Determinación de Elegibilidad

  • Si el solicitante no cumple con los requisitos establecidos, se le notifica sobre la inelegibilidad al programa y el derecho a una Vista Informal.
  •  Las causales de inelegibilidad están clasificadas en: 
    •  Incumplimiento de Contrato de Arrendamiento bajo programas subsidiados con fondos federales
    •  Actividad Criminal
    •  Ingresos
    •  Otros (por ejemplo, falsa representación)
       

 
Determinación

  • Procesando la Solicitud
    •  Cumplimiento con las leyes estatales, federales y políticas de la AVP
    •  Accesibilidad (lenguaje, acomodo razonable)
    •  Aceptar la solicitud
    •  Determinación inicial de elegibilidad
    •  Aplicar el Sistema de Preferencias
    •  Completar / Actualizar la Solicitud
    •  Identificación de la Unidad Vacante
    •  Ofrecimiento al Solicitante
       

 
Guías de Ocupación

Normas de Acomodo

Son las normas establecidas para evitar el uso indebido, hacinamiento y pérdida de espacio en las viviendas a asignarse. Incluyen el número de personas a ocupar los cuartos dormitorios disponibles en la unidad.

 

 Número de Dormitorios  Número de Personas
 

                                                                                                  Minimo                      Maximo   

0                                                                                          1                               1                                                                          

1                                                                                          1                               2

2                                                                                          2                               4

3                                                                                          3                               6

4                                                                                          4                               8

5                                                                                          5                               10

 

 


 
Ingresos

Los ingresos considerados para la determinación de la renta contractual son aquellos que se anticipan van a recibir durante los doce (12) meses siguientes a la fecha de admisión o de un reexamen regular las siguientes personas:

    • Jefe o cónyuge
    • Cada miembro del grupo familiar que resida en la vivienda y tenga dieciocho (18) años o más de edad. 
       

Determinación de la Renta Contractual

  • Al ingreso bruto que se anticipa se le deducen las deducciones reglamentarias que apliquen. El resultado de la operación es la renta bruta.
  • A la renta bruta determinada se le deduce el crédito por utilidades que corresponda.
  • El resultado es la renta mensual que el arrendatario viene obligado a pagar.
  • La renta mensual es la cantidad mayor entre el 30% del ingreso neto, el 10% del ingreso neto o la renta mínima. 

 
Ocupación Continuada

Elegibilidad para Ocupación Continuada

  •  Realización de Reexamenes


Revisión que se efectúa una vez al año para determinar elegibilidad, ingreso y renta de la familia, así como el tamaño apropiado de la vivienda.

Reexamen Especial (Interim):  Revisión que se realiza fuera de la fecha de efectividad del examen regular cuando ocurre un cambio en el ingreso, composición familiar, exclusión de aumento en el ingreso, deducciones y cambio de utilidades

  •  Citación
  •  Recopilación de documentos y datos de parte del residente
  •  Día de la entrevista
  •  Entrega de documentos (residente)
  •  Verificación y Determinación de Elegibilidad
  •  Cálculo de Renta
  •  Transmisión de la Forma HUD-50058

Formulario en donde se recoge la información sobre los beneficiarios del programa de vivienda pública.   Se transmite electrónicamente a HUD.
 

 
Cambios de Unidades

 

 Cambio Mandatorio:  Cambio de unidad de vivienda en el mismo residencial según las normas de acomodo cuando:
– El tamaño de la unidad de vivienda no se ajuste a la composición familiar, se le requerirá a la familia mudarse a una unidad de vivienda del tamaño apropiado tan pronto haya una disponible tomando en consideración el Registro de Cambios Mandatorios el cual se mantendrá actualizado mediante el proceso de los reexamenes.

 Traslados: Los traslados de familias se realizan dentro del mismo residencial o hacia otro residencial.  La solicitud del mismo es por escrito e incluye la presentación de las evidencias requeridas.  Las peticiones de traslado responden a condiciones de salud, seguridad o emergencias.
 

 
Realojo 

Es la reubicación de una familia que debe mudarse como resultado directo de la restauración, demolición o adquisición para un proyecto en el cual se utilizan fondos federales.  Estas familias recibirán la asistencia que ofrece el Programa de Realojo, según establece el Manual de HUD 1378.

Alternativas de Realojo
Las alternativas para la reubicación de las familias son las siguientes:

 Realojo temporero en el proyecto:  Cuando la reubicación de la familia se efectúa dentro del mismo Residencial.  La vacante a utilizar no debe estar incluida en la próxima etapa de construcción.

 Realojo Familiar:  Cuando la familia selecciona voluntariamente la reubicación temporera en una residencia privada, cuyo dueño es un familiar.

 Realojo Temporero en otro Proyecto: Cuando la familia selecciona voluntariamente ser reubicado en otro proyecto de Vivienda Pública.

 Realojo Permanente:  Cuando la familia selecciona voluntariamente ser reubicado de forma permanente en otro proyecto de Vivienda Pública.

 Mercado Privado:  Cuando la reubicación temporera de la familia se realiza en una residencia privada que se alquila mientras la unidad de la familia está en modernización.  Esta alternativa se utiliza cuando se presenta una situación crítica de necesidad de vacantes para el realojo de las familias.
 

 Requisitos para Realojar Familias


 Presentar evidencia del pago de las utilidades (agua y luz) o evidencia de Plan de Pago de las Agencias correspondientes.

 Tener la renta mensual al día.

 

Servicios del Programa de Realojo

La Oficina de Realojo coordina los siguientes servicios:

  •  Orientación y asistencia a la familia que será realojada.
  •  El pago de transferencia de teléfono.
  •  Coordinación del proceso de mudanza.
  •  Orientación al residente sobre el buen uso de la unidad modernizada.


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