Aviso Público

La Corporación de las Artes Musicales, en cumplimiento con las Secciones 2.1 y 2.2 de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, notifica que se propone implementar la Política del Programa de Pruebas para la Detección de Sustancias Controladas.

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POLÍTICA DEL PROGRAMA DE PRUEBAS PARA LA DETECCIÓN DE SUSTANCIAS CONTROLADAS

El gobierno de Puerto Rico tiene el compromiso e interés de erradicar el uso, posesión, distribución y tráfico ilegal de sustancias controladas. Aún cuando el estado debe evitar o minimizar toda interferencia en la vida privada de sus ciudadanos, la consecución de la libertad personal de éstos y el bienestar de la sociedad y sus comunidades requiere la adopción de toda aquella medida encaminada a preservar su seguridad. Con este propósito se creó la Ley Núm. 78 de 14 de agosto de 1997, conocida como Ley para Reglamentar las Pruebas para la Detección de Sustancias Controladas en el Empleo en el Sector Público.

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