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Base Legal

La Ley Núm. 8 de 8 de enero de 2004, según enmendada, creó el Departamento de Recreación y Deportes.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

El Departamento de Recreación y Deportes se compone de las siguientes unidades organizacionales:

Comisiones de: Asuntos Gallísticos, Boxeo Profesional, Deportes Profesionales y de Seguridad en la Recreación y el Deporte.
Consejo Nacional para la Vinculación del Deporte, la Recreación y la Educación Física
Instituto Puertorriqueño para el Desarrollo del Deporte y la Recreación
Oficina de Asesoramiento Legal
Oficina de Auditoría Interna
Oficina de Prensa y Comunicaciones
Oficina de Presupuesto y Planificación
Oficina de Sistemas de Información
Oficina del Secretario
Oficinas Regionales
Secretaría Auxiliar de Administración
Secretaría Auxiliar de Infraestructura
Secretaría Auxiliar de Recreación y Deportes
Secretaría Auxiliar de Recursos Humanos y Relaciones Laborales
Secretaría Auxiliar para el Deporte de Alto Rendimiento


LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA

La oficina central del Departamento está localizada la Calle Los Ángeles, Pda. 24, frente a los apartamentos San Juan Park, en Santurce. Además, cuenta con 10 oficinas regionales en los siguientes municipios: Añasco (Región Noroeste), Arecibo (Región Norte), Aibonito (Región Central), Caguas (Región Centro-Sur), Canóvanas (Región Noreste), Humacao (Región Sureste), Mayagüez (Región Suroeste), Ponce (Región Sur), San Juan (Región Metropolitana) y Toa Alta (Región del Toa). Además, el DRD cuenta con una Subregión localizada en el pueblo de Guayama.

 

funciones y deberes del drd

    El Departamento de Recreación y Deportes tiene las siguientes funciones y deberes: 

a) la formulación e implantación de la política deportiva y recreativa del Gobierno de Puerto Rico;

b)  la planificación y organización del sistema deportivo y recreativo;

c)  la definición de directrices y programas de la política de fomento y desarrollo del deporte y la recreación en sus distintos niveles;

d)  el fomento de la organización deportiva en todos sus niveles y la tutela de las entidades deportivas en los términos de Ley Orgánica y reglamentos que la implementen;

e)  la regulación de las actividades relacionadas con la práctica del deporte y las condiciones exigibles a las instalaciones deportivas;

f)    la educación de materias deportivas, así como el otorgamiento de licencias que las acrediten;

g)  la ordenación, organización y programación del deporte en edad escolar, realizado en coordinación con el Departamento de Educación, de manera que favorezca y garantice un deporte de base de calidad;

h)   el impulso del deporte y de los deportistas puertorriqueños de alto nivel y de alto rendimiento;

i)    la promoción de la atención médica de los deportistas;

j)    la inspección y el ejercicio de la potestad sancionadora en materia deportiva y recreativa;

k)   la representación de Puerto Rico ante organismos estatales e internacionales, sin perjuicio de las funciones y competencias del Comité Olímpico de Puerto Rico y sus federaciones afiliadas;

l)    la concesión de premios y distinciones deportivas. 

 

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