¿Cuáles son las prácticas ilícitas de un patrono bajo la Ley de Relaciones del Trabajo?
1. Afectar los derechos garantizados en la sección 65 de la Ley de Relaciones del Trabajo.
2. Interferir con la formación o administración de cualquier organización obrera o contribuir a la misma.
3. Promover o afectar la matrícula de cualquier organización obrera mediante discriminación al emplear, despedir o en relación con la tenencia de empleo u otros términos o condiciones de empleo.
4. Rehusar negociar colectivamente con el representante de una mayoría de los empleados de la unidad apropiada.
5. Negociar o acordar un convenio colectivo con un representante que no representa la mayoría de los empleados en la unidad apropiada.
6. Violar el convenio colectivo.
7. Dejar de mantener una actitud neutral antes o durante cualquier elección para determinar el representante para negociar colectivamente de sus empleados.
8. Despedir o discriminar contra un empleado por éste someter cargos, información o testimonio bajo las disposiciones de la Ley de Relaciones del Trabajo.
9. Dejar de emplear o reponer a su antigua posición a un empleado despedido en violación de la prohibición contra la unión de excluir o suspender injustificadamente a uno de sus miembros en una unidad apropiada donde existe por convenio la obligación de mantenimiento de matrícula de la unión.
10. Despedir o discriminar a un supervisor que se niegue a cometer una práctica ilícita.
11. Suspender o tratar de suspender los pagos a seguros y planes médicos de los empleados mientras se esté negociando un nuevo convenio colectivo o durante una huelga cuando la unión ha solicitado que se continúen dichos pagos.
¿Cuáles son las prácticas ilícitas de una unión bajo la Ley de Relaciones del Trabajo?
1. Violar el convenio colectivo.
2. Excluir o suspender injustificadamente a un miembro en una unidad apropiada con convenio de mantenimiento de matrícula de la unión.
¿Cuáles son los derechos de un empleado cuya violación por la unión constituye una práctica ilícita bajo la Carta de Derechos de los Empleados Miembros de una Organización Laboral?
1. Elegir mediante voto directo, individual y secreto a los directivos de la unión establecidos por reglamento.
2. Nominar candidatos y aspirar a cargos electivos de la unión.
3. Participar efectivamente en los asuntos y actividades de la unión y libertad de libre expresión de ideas, argumentos y opiniones sobre cualquier asunto concerniente de la unión.
4. Ser consultado sobre la fijación y cambios de cuotas de la unión y sobre descuento de aportaciones, donativos y derramas. Votar sobre las mismas de forma individual y secreta en asambleas y/o referéndum especial convocados para tales fines.
5. Debido proceso de ley en los procedimientos disciplinarios incluyendo la notificación de cargos específicos por escrito; la oportunidad de defensa por sí o por un representante y la oportunidad de presentar testigos o documentos de defensa mediante una vista o audiencia.
6. Testificar al ser citados o presentar querellas o procedimientos legales contra la organización laboral o sus representantes y ser protegido contra sanciones, penalidades, o actos de presión indebida, coacción, persecución, represalia o medidas disciplinarias (si se entiende de buena fe que han violado leyes o normas de la unión).
7. Recibir copia de los siguientes documentos: constitución y reglamentos de la unión, convenios colectivos, cartas o acuerdos contractuales y estipulaciones tras ser acordados.
8. Recibir anualmente un informe económico de las actividades y operaciones económicas y financieras de la organización.
9. Examinar y obtener copia de los libros, documentos e informes económicos y financieros de la unión.
10. Mantener en secreto la identidad al proveer información durante el proceso investigativo en investigaciones legales, administrativas o judiciales por violaciones a Carta de Derechos de los Empleados Miembros de una Organización Laboral.
Algunos de estos derechos tienen diversas condiciones establecidas por ley.