El Ayuntamiento en el 1897
El documento firmado para el entonces Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Toa Alta, Don Eugenio Pérez, en primer lugar divide el pueblo de Toa Alta en tres distritos y nueve barrios. El primero de esos distritos recoge el área del Pueblo, Contorno, Mucarabones, Piñas y Ortiz; el segundo distrito lo componían los barrios de Arenas y Río Lajas. En los restantes 10 artículos del primer capítulo de estas ordenanzas se establece la estructura del Ayuntamiento y la forma en que el mismo funcionaría. Estas pasaron a ser un complemento de la Ley Municipal de 1896. El artículo tres indicaba que existiría una Junta Municipal compuesta de todos los individuos que forman el ayuntamiento y un número igual de asociados. La Asamblea tendría a cargo las funciones de aplicación de los presupuestos locales, el establecimiento de arbitrios y la revisión y censura de las cuentas del Ayuntamiento. También, de acordar y deliberar asuntos de gobierno, administración de intereses del municipio, fomento y mejoras, ornato, público, conservación y mejoras de las vías públicas; policía urbana, rural y beneficencia. Por último, el Ayuntamiento se dividió en 5 secciones permanentes que se denominaban:
1- Comisión de Abastos y Subastas
2- Comisión de Policía Urbana y Rural
3- Comisión de Instrucción
4- Comisión de Beneficencia
5- Comisión de Presupuestos.
Estas normas incluían la religión y lo moral. Las Fiestas Patronales, espectáculos públicos, edificios y obras, limpieza y sanidad, entre otros aspectos.